¿En qué consiste la prohibición de PFAS en Francia?
La Ley n.º 2025-188, promulgada en febrero de 2025, prohíbe las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) en varias categorías de productos, incluidos los textiles y el calzado. Se dirige específicamente a cosméticos, textiles, calzado, ceras para esquí y agentes impermeabilizantes utilizados en estos productos.
Cronograma:
- 2026 (enero): Comienza la prohibición para textiles y calzado, con exenciones limitadas para Equipos de Protección Personal (EPP) de uso civil
- 2030: La prohibición se amplía para cubrir todos los productos textiles
Límites de PFAS:
Las concentraciones que superen los siguientes umbrales se consideran añadidas intencionalmente y están sujetas a la prohibición.
- PFAS individuales (excluyendo polímeros): hasta 25 partes por mil millones (ppb)
- Suma total de PFAS (excluyendo polímeros): hasta 250 ppb
- PFAS totales (incluidos los polímeros): hasta 50 partes por millón (ppm)
Ejecución:
- Los productos vendidos en Francia deben cumplir con los límites de PFAS. Los decretos de aplicación finales especificarán cómo demostrar el cumplimiento (por ejemplo, certificados de análisis)
- Aún no se detallan sanciones para los productos, pero las instalaciones que descarguen PFAS serán gravadas con 100 € por cada 100 gramos al año